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Fono 043 2461214 anexo 119
El administrador municipal será el colaborador directo del alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio, y en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal y ejercerá las atribuciones que señale el reglamento municipal y las que le delegue el alcalde, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo.
Entre sus funciones, destacan la de:
a) Planificar y ejecutar las tareas de dirección y coordinación permanente de todas las unidades municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones del Alcalde.
b) Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes, programas y proyectos municipales, que se relacionen con la gestión interna del Municipio.
c) Cautelar la permanente coordinación entre las Direcciones y evaluar el cumplimiento de los programas y actividades preestablecidas.
d) Ejercer las atribuciones que le delegue el alcalde y el concejo, en conformidad con la Ley y las demás funciones que se le encomienden, de acuerdo con el reglamento interno.
e) Detectar necesidades e implementar acciones de optimización de los procesos administrativos internos.
f) Colaborar con las unidades correspondientes en la preparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal y formulación de políticas de gestión interna.
g) Realizar labores de articulación de equipos de trabajo y participar en la elaboración de los Planes de Capacitación y Desarrollo del Personal